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Puntos clave para acceder a un aborto en Colombia luego de la despenalización

La Corte Constitucional en Colombia despenalizó el aborto, poniendo al país a la vanguardia en cuanto a los derechos reproductivos de las mujeres en América Latina. La corte avaló, con cinco votos a favor y cuatro en contra, la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación (casi seis meses).

La organización feminista Causa Justa, integrada por diversos colectivos de mujeres, presentó hace meses una demanda ante la Corte para eliminar el delito del Código Penal. Cerca de 400 mujeres eran investigadas cada año por abortar y recibían penas de hasta tres años de prisión.

En contexto – Fallo histórico: Colombia despenaliza el aborto hasta la semana 24

Desde 2006, en Colombia se permitía el aborto en tres casos específicos: malformación del feto, abuso sexual o incesto, y riesgo de vida de la madre. Hoy este espectro se abre para todas las mujeres que por cualquier motivo quieran interrumpir su embarazo.

Si una mujer desea abortar después de la semana 24, podrá hacerlo, siempre y cuando cumpla con alguna de las características permitidas desde el 2006.

Sin duda, esta nueva medida en Colombia ha generado cientos de dudas y aquí trataremos de responderte las más comunes.

¿Qué pasará con las mujeres que están cumpliendo condena por abortar?

Según la abogada Mariana Ardila, contactada por El Tiempo, la decisión de la Corte Constitucional tendrá efectos inmediatos. Esto quiere decir que las mujeres que hayan sido condenadas o estén siendo investigadas por el delito de un aborto hecho antes de la semana 24, deberán ser dejadas en libertad. También, sus procesos deberán cerrarse y archivarse.

Mira también – Wade vs Roe: la famosa batalla legal que permitió la legalización del aborto en EE.UU.

Ardila manifestó que en el país, 26 condenas se expedían al año por este delito y en promedio 400 procesos se abrían. Aún se desconoce cuántas mujeres están en prisión por abortar desde antes de la semana 24 de gestación.

Mitos sobre la despenalización del aborto en Colombia

Como era de esperarse, en Colombia se abrió una discusión entre la sociedad en quienes critican o apoyan la despenalización del aborto en el país. Sin embargo, este panorama se ha prestado para malos entendidos y para difundir desinformación.

La regla general NO es abortar en la semana 24

Mucho se habla en Colombia que las mujeres abortarán cuando el feto ya tenga seis meses de gestación, pero eso no es así. La semana 24 es solo el tope impuesto por la Corte.

Esto quiere decir, que las mujeres podrán interrumpir su embarazo desde mucho antes y, a decir verdad, pocas llegarán al tope de semanas permitido.

Según la Ipas, los abortos en el mundo después de la semana 13 de gestación es entre el 10% y el 15%, esto nos indica que rara vez una mujer llegará a la semana 24 para abortar.

La despenalización del aborto en Colombia no ocasionará un aumento desmedido de los abortos

El presidente de Colombia marcó su postura negativa ante la decisión de la corte y su discurso aumenta la desinformación. En su alocución presidencial, Iván Duque dijo que «la despenalización del aborto facilita que se convierta en una práctica anticonceptiva».

Primero, no se puede hablar en un método anticonceptivo cuando ya hay concepción. Y, ciertamente, los casos de aborto no van a aumentar en el país.

Al principio las cifras de abortos mostrarán un aumento, pero se deberá a que antes no se llevaba un control debido a los abortos que se realizaban en la clandestinidad. (Un negocio que muere con la legalización y del que poco se habla).

En Uruguay, por ejemplo, la legalización del aborto se dio en 2012. Para entonces, se calculaban 33 mil abortos al año. 12 meses más tarde, el país registró casi 7 mil casos. En Estados Unidos y en varios países de Europa ocurrió algo similar.

Puntos clave para acceder al aborto en Colombia

  1. Toda mujer podrá acceder al aborto legal en Colombia si ella así lo decide. Esto incluye menores de edad.
  2. Las mujeres en situación de discapacidad también pueden interrumpir su embarazo voluntaria y en igualdad de condiciones.
  3. La interrupción del embarazo desde hoy será un derecho fundamental para las mujeres y niñas. Esto quiere decir que es susceptible de protección, incluso, vía tutela.
  4. El estado tiene la obligación de dar información oportuna sobre el procedimiento y garantizar el acceso en todo el territorio. Esto quiere decir que a las mujeres que habitan en partes recónditas del país también se les debe garantizar el derecho.
  5. Los médicos pueden abstenerse a realizar el procedimiento, pero deben remitir a la mujer a un profesional que sí lo realice. Así no se dilatará el proceso.
  6. La interrupción del embarazo se debe programar en un plazo de no mayor a cinco días después de la consulta médica. No se permitirán las dilaciones injustificadas.

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pgadmin
Tags: Colombia

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